lunes, 26 de mayo de 2008

APRUEBAN LA LEY PARA REGLAMENTAR EL TRABAJO DE LOS PATOVICAS

La Camara de Diputados aprobó por unanimidad la ley que prevé un registro único nacional para el personal que se desempeña en el control de admisión y permanencia en discotecas, pubs y bares. Además, los patovicas deberán aprobar una serie de cursos de entre 3 y 5 años para acreditarse en este trabajo.

El pasado 8 de mayo se ratificó el texto que tiene por objetivo establecer reglas de habilitación para el personal de seguridad de los locales de entretenimiento. Se destaca que no solo deberá existir un registro único a nivel nacional para este rubro, sino que aquellos que vayan a desempeñarse en esta función deberán presentar certificado de antecedentes penales y reincidencia carcelaria.

El documento aprobado por la Cámara baja hace hinca pié en que el personal de control de admisión y permanencia deberá ejercer un trato igualitario, en forma respetuosa y amable, respetando la dignidad de las personas y protegiendo su integridad física y moral. Además, deberán auxiliar a quien se encuentre herido o físicamente incapacitado.

Uno de los puntos que generó mayor debate fue la edad requerida para ejercer la profesión, que finalmente quedó en 18 años (hubo un sector que solicitaba fuera de 21 años). Hay que destacar que dentro de las incompatibilidades de la ley el postulante a patovica no puede haber sido condenado por delitos de lesa humanidad, ni encontrarse en actividad en alguna de las fuerzas de seguridad, ni haber sido condenado por delitos relacionados el desempeño de la actividad que regula esta ley.

A partir de este documento, el empleo de los patovicas no solo quedará regulado y será una profesión en blanco, sino que también se dividirá en categorías: Controlador, Controlador especializado y Técnico en control de admisión y permanencia. Para alcanzar las categorías deberán aprobar cursos de entre 3 y 5 años con materias como Derechos humanos, Seguridad contra siniestros, Comunicación no violenta y Técnicas de neutralización de agresiones físicas.

Sin duda este es el primer paso para dar un giro a las noches violentas. El camino que comienza es largo y requiere de un trabajo rápido para reglamentar la norma y llevarla a todas las provincias.

sábado, 17 de mayo de 2008

EL CASO DE MARTIN CASTELLUCCI LLEGARA A JUICIO ORAL

El joven de 20 años fue agredido por patovicas de la disco “La casona” el 3 de diciembre de 2006 y murió tres días después por las lesiones.

A poco más de un año del asesinato de Martín Castellucci el juez de garantías Daniel Viggiano dispuso elevar a juicio oral y publico al único detenido por el caso, el ex patovica José Lienqueo Catalán, de 28 años. De esta forma se rechazó la apelación dispuesta por la defensa.

El 3 de diciembre de 2006 Martín Castellucci y un grupo de amigos se disponían a entrar al boliche “La Casona” de Lanús cuando uno de los patovicas del lugar le impidió la entrada a uno de los chicos enviándolo a la fila de “rebotados”. Según los testigos Martín se quedó “haciéndole el aguante” al otro joven.

Según las declaraciones de los testigos Castellucci le preguntó a los patovicas el motivo por el que no podían ingresar al lugar, ya que llevaban más de una hora haciendo la fila, a lo que Catalán y su compañero Jorge Luis Romano, de 47 años, respondieron con empujones y golpes.

Se pudo comprobar que Catalán era profesor de boxeo recreativo y contaba con la licencia de boxeador amateur, por lo que el juez Viggiano determinó en la causa que en el incidente el patovica “aplicó golpes de puño en la cabeza con la evidente finalidad de darle muerte, causándole lesiones que resultaron causa directa y determinante del deceso” de Castellucci.

Según los testigos el joven cayó al suelo y se escuchó un ruido muy fuerte, “como si cayera un cascote”. Luego de lo ocurrido Catalán reingresó al local, se ocultó detrás de una columna y luego de unos minutos salió con un cambio de ropa, para no ser reconocido por quienes presenciaron la golpiza.

Castellucci estuvo tres días agonizando en el Instituto del Diagnostico y Tratamiento de Barrio Norte donde murió, según la autopsia, como consecuencia de las “fracturas de cráneo, contusiones y hemorragias cerebro-meníngeas”.

Además de la elevación a juicio de Catalán por homicidio simple, el Juzgado de Garantías dispuso el sobreseimiento de Romano, por “no encontrar elementos que acrediten su participación en el hecho”. Sin embargo, la familia Castellucci lo señalo como la persona que le negó la entrada al amigo de Martín por su “situación socioeconómica”.

La familia Castellucci también espera que se de curso a otra causa solicitada en 2007: la indagatoria de Atilio Amado, dueño de La Casona, quien estuvo presente el día de la golpiza, y de los policías Cristian Messina y Guillermo Guzmán “apostados en el lugar del hecho, quienes además arrastraron personalmente a Martín, ya entre convulsiones, para dejarlo junto a un cantero a 40 metros” de la entrada del boliche. Estas peticiones aún no han tenido una respuesta judicial.

LA CAUSA CASTELLUCCI

Destacados de la causa nº 728828 a cargo del Juzgado de Garantías Nº 6 de Lomas de Zamora

* "(...) el día 3 de diciembre de 2006, siendo aproximadamente las 3.00 horas, José Lienqueo Catalán, mientras se hallaba cumpliendo funciones de portero de la discoteca La Casona sita en la calle 25 de Mayo nº 79 de la localidad y Partido de Lanús, en circunstancias en que Martín Leandro Castellucci se encontraba ingresando a la misma, le aplicó golpes de puño al nombrado en la cabeza con la evidente finalidad de darle muerte, causándole lesiones que resultaron causa directa y determinante de su deceso."

* "(...) José Fernando Calveiro (...) manifestó: “que el dicente resulta ser chofer de la remisería sita en la intersección de las calles Avenida 25 de mayo Nº 128. Que el día lunes 4 del corriente año, después del mediodía, no pudiendo manifestar con exactitud la hora, dos personas del sexo masculino, los cuales sabe que son patovicas de la disco La casona, solicitaron un remís en la agencia en la que el dicente trabaja, hasta la localidad de Adrogué. Que uno de los sujetos, le decía al otro por qué le pegaste, siendo que el otro le respondía yo no sirvo para hablar, yo sirvo para boxear (… )que el más grande le refería yo te tuve que hacer el aguante porque el gordo se abrió de gambas y nos dejó solos"

* "(...) Jorge Luis Romano (...) refirió: “el chico vuelve a abrir la cortina, y sin pasar la misma, le vuelve a explicar el motivo que era querer ingresar, desconociendo el dicente el por qué JOSÉ no lo había dejado ingresar. El chico se vuelve a asomar, en ese momento le pregunta por qué no podía entrar, entonces el declarante se le acerca al lado de la cortina, siendo que a ambos los separaba la cortina, allí el declarante le dice en forma textual: “CAPO, YO NO TE PUEDO HACER ENTRAR, HABLÁ CON JOSÉ”, siendo que allí se lo señala a JOSÉ (…) Que José sale a hablar con él. Que pasó caminando en forma normal(…) Que luego, cuando JOSÉ se vuelve a ubicar en su lugar, es decir a los segundos que el dicente le vio arrojar un golpe hacia el chico, habla el declarante con JOSÉ y le pregunta qué pasó, respondiéndole éste en forma textual: NO VISTE CÓMO TE PUTEÓ, TE DIJO LA CONCHA DE TU MADRE. Que sólo vio un golpe. Que allí escucha el ruido como que alguien cae (...) agregó: “que cuando el dicente va entrando, se acerca JOSÉ, y le dice en forma textual: “¿TE ENTERASTE LO DEL PIBE?”, respondiéndole que no, qué había pasado. Que allí JOSÉ le dice en forma textual al declarante: “EL PIBE AL QUE LE PEGUÉ ESTÁ EN TERAPIA”

* "El protocolo de autopsia (...) concluyó que la muerte de Martín Leandro Castellucci fue producida por fracturas de cráneo, contusiones y hemorragia cerebro meníngea traumáticas (...)la víctima recibió, al menos, un trauma directo a nivel de ambos labios en su mitad izquierda y en la región mentoniana derecha, pudiendo corresponder a golpes de puño o similar. Que además presentaba una serie de traumatismos con varias contusiones en el cuero cabelludo, siendo que los mismos pudieron provocar por sí mismos la posterior muerte de Castellucci".